Legislación Dominicana

BONO VIVIENDA EN REPUBLICA DOMINICANA

Publicado por W. Carril Investments

Si vas a optar por una vivienda de bajo costo en República Dominicana, aquí te dejo todas las informaciones:


Con el BONO VIVIENDA se ha facilitado comprar una primera vivienda de bajo costo a todos los Dominicanos, sin importar en que parte del mundo residan.


Miles de familias en República Dominicana han visto realizado el sueño de tener un techo propio, digno y seguro, gracias a los incentivos otorgados por el Estado a los constructores de proyectos de bajo costo y a compradores de una primera vivienda.

 

El Bono Vivienda es un aporte económico otorgado por el Estado a Dominicanos adquirientes de una primera vivienda, en un proyecto habitacional construido bajo la Ley de Fideicomiso Inmobiliario No. 189-11 y calificado de bajo costo.


BASE LEGAL


Apoyado en la Ley 189-11 para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y Fideicomiso, aprobada con un objetivo principal que consiste en "desarrollar el mercado hipotecario y dinamizar la venta de viviendas de bajo costo en proyectos inmobiliarios estructurados bajo la ley de fideicomiso". 


Esta Ley ha traído novedades al mercado de la construcción, generando confianza en la venta de apartamentos con fideicomiso dentro de proyectos en construcción.


REQUISITOS PARA OBTENER EL BONO VIVIENDA: 


Es responsabilidad del adquiriente cumplir con los requisitos, y suplir los documentos necesarios para que el Estado vía la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) otorgue el Bono Vivienda. 


El adquiriente entrega los documentos requeridos para recibir el bono vivienda a la fiduciaria que maneja el proyecto. La fiduciaria, en nombre de los compradores, realiza la solicitud a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) del bono vivienda o compensación del ITBIS por la adquisición de una vivienda de bajo costo.


PARA SER FAVORECIDO CON EL BONO VIVIENDA DEBE CUMPLIR LO SIGUIENTE:

1. El inmueble para el que solicita un bono, debe ser su primera vivienda.

2. Haber comprado un inmueble dentro de un proyecto certificado por Instituto Nacional de la Vivienda (INVI) como bajo costo.

Recomiendo:

3. Solicitar por escrito a la fiduciaria vía la constructora, copia de la certificación del INVI, confirmando que el proyecto está reconocido como un complejo habitacional de bajo costo.

4. Ingrese al portal web www.dgii.gov.do en la sección "Consultas", seleccionando "RNC". Debe comunicarse con el departamento de Fideicomiso o la sección de Registro de Proyectos Inmobiliarios y proporcionar los datos del proyecto que desea consultar, para confirmar online.

5. El valor de la unidad habitacional debe ser menor o igual, al monto establecido por el Estado para los inmuebles de bajo costo.

6. Tener presente que al adquirir un apartamento con patio 0 terraza privada para uso exclusivo y/o un estacionamiento adicional, el costo incrementa el precio de la vivienda; y en ocasiones, podría dejar fuera del rango de precio de bajo costo dicha unidad.

7. La vivienda debe ser ocupada por él o los beneficiarios del  bono, o por sus ascendientes o descendientes directos, hasta un primer grado.

8. Queda prohibido el alquiler o transferencia, es decir, vender el inmueble durante un período de 5 años. En caso de incumplimiento, se está obligado a la devolución del bono vivienda.

9. Solicitar un documento emitido por el banco que maneja el  fideicomiso indicando que el comprador tiene preaprobado su financiamiento.

10. Copia del contrato de opción a compra y/o el definitivo, en el que participe una entidad de intermediación financiera (el banco) indicando el valor de la vivienda.

11. Carta de solicitud firmada por el comprador autorizando la DGII a transferir el bono vivienda a la cuenta del fideicomiso que maneja la construcción. 

12. Certificación de la Dirección General de Catastro Nacional, indicando que el adquiriente no es propietario de otro inmueble. En caso de comunidad de bienes, se emitirá una certificación para cada cónyuge.


La Dirección General de Catastro Nacional está ubicada en la Avenida Jiménez Moya (Av. Churchill casi llegando a la Av. Independencia)


Todos los trámites se pueden hacer online y pagar directamente desde la página web de la Dirección General de Catastro Nacional -DGCN.


Fuente: La Guía Hipotecaria, Jahaíra Roble